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86.- Informes técnicos de la arquitecta municipal

Recurrente: Ayuntamiento de Petra (Illes Balears)

Resoluciones recurridas:  RA/0151//2025(Abre en nueva ventana)

Una persona jurídica solicita diversa información sobre distintos informes municipales técnicos de la arquitecta municipal del Ayuntamiento de Petra. La Administración no responde a la solicitud. El incumplimiento por parte de la administración de la obligación legal de dictar una resolución expresa sobre la solicitud de acceso dentro del plazo legal, así como la falta de respuesta al requerimiento de alegaciones de este Consejo, no pueden dejar sin eficacia el ejercicio de un derecho de rango constitucional, como es el derecho de acceso a la información pública.

El Consejo estima la reclamación, dado que lo solicitado tiene la consideración de información pública, que la administración reclamada no ha justificado de forma adecuada y suficiente la concurrencia de alguna causa de inadmisión del artículo 18 de la LTAIBG, ni la aplicación de alguno de los límites previstos en sus artículos 14 y 15 de la LTAIBG.

Frente a la resolución dictada por el CTBG la entidad local interpone recurso contencioso-administrativo que tiene entrada en el Consejo el 23 de junio de 2025.