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RCA 345. Cesión de equipos de aire acondicionado

Recurrente: Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

Resolución recurrida: R/0156/2024(Abre en nueva ventana)

En ejercicio del derecho de acceso a la información pública, se presentó ante el Ministerio de Justicia una solicitud de acceso a una relación de los centros públicos a los que la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA) ha cedido temporalmente equipos de aire acondicionado procedentes de las desarticulaciones de plantaciones de marihuana.

El órgano requerido dictó resolución denegando la solicitud con fundamento en el artículo 18.1.e) LTAIBG, por considerar que la misma tenía carácter abusivo. Tras la presentación de la reclamación también señaló, como posible causa de inadmisión, la prevista en el artículo 18.1.c), al entender necesaria la realización de una tarea previa de reelaboración.

El Consejo estima la reclamación al no considerarla abusiva, por cuanto no aprecia ni una extralimitación en la conducta carente de finalidad seria y legítima, con voluntad de perjudicar o huérfana de interés legítimo, ni un exceso en el ejercicio del derecho que pueda calificarse como anormal. En particular, recuerda que la simple alegación de que atender a la solicitud de acceso ocasionaría la paralización de los trabajos que la Oficina tiene encomendados, sin más explicaciones, no puede justificar la aplicación de una causa de inadmisión con las gravosas consecuencias que ello comporta para el ejercicio del derecho de acceso.

Por otro lado, tampoco considera el Consejo que se haya justificado la necesidad de realizar una tarea previa de reelaboración, al no haberse hecho referencia a los recursos humanos disponibles ni haberse llevado a cabo una estimación del trabajo que ocasionaría tener disponible la información solicitada.

En definitiva, teniendo en cuenta que la información es de carácter público y se encuentra en posesión de la Administración, así como que no se han acreditado las circunstancias que permiten la aplicación de las causas de inadmisión alegadas, procede estimar la reclamación presentada e instar al Ministerio a facilitar la información solicitada.