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RCA 307. Productividades por actuaciones inspectoras

Recurrente: Particular

Resolución recurrida: R/0516/2023(Abre en nueva ventana)

En ejercicio del derecho de acceso a la información pública, se presentó ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) del Ministerio de Hacienda y Función Pública una solicitud de acceso a la certificación del complemento de productividad (y los puntos que hayan supuesto para los funcionarios que identifica) por las actuaciones inspectoras desarrolladas en relación con la solicitante.

La Agencia Tributaria proporcionó un enlace a través del cual se accede a la información institucional sobre el complemento de productividad (incluyendo Resolución sobre el baremo y la instrucción de 2022); añadiendo una nota informativa en la que se desestima dar más datos sobre los inspectores actuantes, fundamentando su decisión en el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y subrayando que «la productividad se percibe con relación a los resultados de un conjunto de actuaciones, a un conjunto de actividades laborales, nunca por una inspección».

El Consejo desestima la reclamación partiendo del hecho de que la afirmación antes transcrita (sobre la ausencia de productividad por una concreta inspección) evidencia que la AEAT no dispone de la información requerida y, en consecuencia no existe objeto sobre el que proyectar el derecho.