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RCA 374. Resolución emitida en expediente disciplinario

Recurrente: Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO de Madrid

Resolución recurrida: R/0935/2024(Abre en nueva ventana)

En ejercicio del derecho de acceso a la información pública, se presentó ante el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes una solicitud de acceso al contenido íntegro de la resolución de un expediente disciplinario, abierto a una persona identificada por su nombre y apellidos, por la presunta comisión de una falta grave.

El Ministerio requerido resuelve denegar el acceso a la información por considerar que no es información pública y no ser este el canal adecuado para obtener una copia de la resolución de un expediente administrativo, teniendo en cuenta la concurrencia de un derecho fundamental digno de protección, como el derecho a la intimidad y el honor de las personas implicadas en dicho expediente.

En su resolución, el Consejo entiende que no cabe acoger el argumento de que lo solicitado no sea información pública y que el cauce de la LTAIBG no sea el adecuado para solicitar el acceso a la misma, pues se trata de información que obra en poder de un sujeto obligado y ha sido elaborada en el ejercicio de sus funciones, reuniendo las características establecidas en el artículo 13 para su consideración como información pública.

Sin embargo, desestima la reclamación porque la información solicitada contiene datos personales relativos a la comisión de una infracción administrativa que no conlleva amonestación pública al infractor y que, por otra parte, no consta el consentimiento expreso de la persona afectada ni existe norma legal que ampare su comunicación al solicitante, por lo que es obligado concluir que no procede reconocer el derecho de acceso al estar vedado por lo establecido en el artículo 15.1 LTAIBG.