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RCA220. Acceso a la base de datos del Registro Civil Central de defunciones

RESUMEN

Reclamación frente a denegación de acceso a la base de datos del Registro Civil Central de defunciones.

Un ciudadano presentó escrito ante el  Ministerio de Justicia solicitando acceso a datos que legalmente no estén protegidos dentro de la base de datos del Registro Civil Central de defunciones.

La Administración denegó el acceso por silencio administrativo.

Presentada reclamación, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno la desestimó, puesto que  se solicita acceso a una base de datos en tiempo real, lo que le exigiría el desarrollo de un proyecto informático “ad hoc” (con coste económico a determinar) que adecuase la aplicación INFOREG para que pudiese dar acceso al reclamante únicamente a ciertos campos. En este sentido, procede citar la Sentencia en Apelación, de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de 30 de mayo de 2019, que razona que “el objetivo de la Ley no es el crear una base de datos jurídica para su uso por profesionales a costa de la utilización de importantes recursos humanos y materiales de la Administración Pública y en detrimento del normal desenvolvimiento de las funciones propias del órgano de que se trate”.

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Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (199  KB)Icono pdf

Desistimiento nº 19/2021 recaído en el PO 34/2021 del juzgado nº 5 de Madrid (488  KB)Icono pdf