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RCA 377. Gratificaciones extraordinarias empleados públicos

Recurrente: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Resolución recurrida: R CTBG 0993//2024(Abre en nueva ventana)

En ejercicio del derecho de acceso a la información pública, se presentó ante el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación una solicitud de acceso a la información sobre las productividades y gratificaciones extraordinarias recibidas por el personal del Ministerio y de sus organismos autónomos durante 2023, desglosadas individualmente con nombre y apellidos.

La Administración accedió a la entrega de parte de la información mediante la puesta a disposición de los listados de productividad correspondientes a 2023 en un despacho de la sede del Ministerio, desoyendo la petición de entrega en formato editable, y denegó el acceso a la información relativa a gratificaciones.

El Consejo estima la reclamación considerando que la denegación del acceso a la información pública solicitada no se ha fundamentado en ninguna de las causas de inadmisión o límites previstos en la LTAIBG, siendo, además, notoria y consolidada su doctrina que reconoce el acceso a este tipo de información.

Así, tanto si se aplica la regla general que exige que la decisión sobre el acceso a las retribuciones de los funcionarios y empleados públicos se adopte mediante la ponderación prevista en el artículo 15.3 de la LTAIBG, como si se atiende al hecho de que el legislador ya ha realizado la ponderación [en el artículo 23.3.c) LMRFP] y ha establecido la obligación para la Administración de dar público conocimiento de las cantidades que perciba “cada funcionario” en concepto de retribución variable a los demás funcionarios del departamento y organismo interesado, así como a los representantes sindicales, la conclusión ha de ser la de reconocer en este caso, atendidas las circunstancias concurrentes, el pleno derecho de acceso a la información solicitada.