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Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. Incidentes notificados por personal sanitario.

RESUMEN

Una ciudadana presentó solicitud de acceso a la información dirigida a la Comunidad de Madrid para acceder al detalle de los incidentes adversos notificados por los profesionales sanitarios, desde 2012, al punto de vigilancia de productos sanitarios.

La administración remitió al reclamante a la Administración General del Estado y ésta denegó la información, alegando el limite relativo a la confidencialidad y la aplicación de la Disposición Adicional 1º.2 de la LTAIBG: existencia de un procedimiento de acceso especifico contenido en la normativa que regula los productos sanitarios.

Presentada reclamación, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno la estimó al considerar que no resultaba de aplicación el limite invocado, puesto que la información es parcialmente publica y puesto que, según esta propia normativa, no es confidencial la información destinada a los usuarios remitida por el fabricante o los profesionales sanitarios, siempre que puedan finalizar en enfermedad grave o fallecimiento de los pacientes o usuarios.

Asimismo, se analiza la normativa que regula los productos sanitarios, llegando a la conclusión de que no existe un procedimiento de acceso a la información publica y de que existe, en cambio, un interés publico evidente en que se difunda dicha información.

Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (4281  KB)Icono pdf

Sentencia nº 131/2019 del Juzgado Central contencioso-administrativo nº 4 (251  KB)Icono pdf

Sentencia en apelación nº18/2020 de la Sala de lo contencioso-administrativo sección 7ª de la Audiencia Nacional (1564  KB)Icono pdf

Tribunal Supremo. Sentencia 1363/2022 sobre el recurso de casación nº 517/2021 (1596  KB)Icono pdf