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Preguntas frecuentes sobre recursos contra el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno

  • ¿Quién puede interponer un recurso judicial y por qué?

    Acordeón de ¿Quién puede interponer un recurso judicial y por qué?

    • La Administración, porque no está de acuerdo con la resolución del Consejo de Transparencia que le insta a dar la información que se negó en una solicitud de información al ciudadano o ciudadana.
    • Un ciudadano o ciudadana, porque no está de acuerdo con la resolución del Consejo de Transparencia, ante quien presentó una reclamación que da la razón a la Administración.
  • ¿Qué se recurre?

    Acordeón de ¿Qué se recurre?

    Se recurre una resolución del Consejo de Transparencia con la que no se está de acuerdo.

    Todas las resoluciones que emite el Consejo de Transparencia las publicamos en nuestra página web , ordenadas por años y meses.

  • ¿Ante quién se presenta el recurso?

    Acordeón de ¿Ante quién se presenta el recurso?

    Conforme a la ley que regula la jurisdicción contencioso-administrativa(Abre en nueva ventana) y a la ley de transparencia(Abre en nueva ventana) el recurso hay que presentarlo ante los Tribunales Centrales de lo contencioso-administrativo de Madrid.

  • ¿Cuáles son los pasos en la tramitación del recurso?

    Acordeón de ¿Cuáles son los pasos en la tramitación del recurso?

    La tramitación del recurso contencioso-administrativo puede resumirse en los siguientes pasos:

    • Interposición del recurso.
    • Junto con la interposición, o posteriormente, la parte demandante puede pedir como medida cautelar la suspensión de la ejecución de la resolución.
    • Las partes presentan sus escritos en los que, por la/el demandante, se explican los motivos por los que no se está conforme con la decisión del Consejo de Transparencia. Este expone la justificación de su resolución.
    • El tribunal resuelve y dicta sentencia.
    • Notificación de la sentencia a las partes.

    Todos los recursos los publicamos en nuestra página web, incluyendo un resumen del recurso así como la resolución recurrida y la sentencia.

  • ¿Qué ocurre mientras no haya sentencia?

    Acordeón de ¿Qué ocurre mientras no haya sentencia?

    Junto con la interposición del recurso, o posteriormente, la parte demandante puede pedir como medida cautelar la suspensión de la ejecución de la resolución.

    Si ha habido suspensión de la ejecución, hasta que los tribunales no dicten sentencia, la Administración afectada no tendrá que suministra la información que le exigía el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ni el ciudadano recibirá la información que reclamaba.

    Una vez dictada la sentencia, se notificará por el tribunal a las partes. Todas las sentencias las publicamos en nuestra página web .

     

  • ¿Cuándo se resolverá?

    Acordeón de ¿Cuándo se resolverá?

    Los plazos dependen de los tribunales, pero el proceso puede durar más de un año.

  • ¿Qué ocurre cuando hay sentencia?

    Acordeón de ¿Qué ocurre cuando hay sentencia?

    La sentencia es de obligado cumplimiento, aunque se podría dar la circunstancia de que una de las partes apele la sentencia, es decir, que todavía cabe un recurso más ante la Audiencia Nacional, según la legislación vigente de lo contencioso-administrativo.