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Solicitud de información (Ley 19/2013)

La Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, reconoce el derecho de la ciudadanía a solicitar cualquier información que obre en poder de las instituciones y organizaciones públicas como consecuencia del desarrollo de sus funciones.

Medios para la presentación de solicitudes de información

Si quieres ejercer tu derecho de acceso a la información sobre cuestiones relacionadas con el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, puedes enviarnos una solicitud de información por cualquiera de estas vías:

  • Rellenando este formulario(Abre en nueva ventana)
  • Remitiendo un correo electrónico a ctbg@consejodetransparencia.es Para facilitar la localización de la solicitud, se ruega que en el asunto del correo se indique: "Solicitud de acceso a información pública Ley 19/2013 del CTBG"
  • A través de nuestra sede electrónica, (Abre en nueva ventana) utilizando el procedimiento: "Solicitud de información". Esta opción requiere certificado digital o alta como usuario en la sede.
  • Presencialmente, en la sede del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. c/ José Abascal, 2, 5ª planta. Madrid.
  • Por correo postal a la dirección  c/ José Abascal, 2, 5ª planta. 28003. Madrid.
  • Por cualquiera de los otros medios de presentación previstos en la Ley(Abre en nueva ventana)

Si lo que deseas es realizar una solicitud de información sobre cuestiones de cualquier Ministerio, institución u organismo público del Estado, entonces no utilices esta vía, acude al Portal de Transparencia de la AGE(Abre en nueva ventana)

Requisitos

  • Identificación: nombre y apellidos
  • Medio de contacto, preferiblemente electrónico

Procedimiento

  • Órgano competente para resolver: Presidencia del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno
  • Plazo de resolución: un mes desde la fecha de entrada de la solicitud en el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
  • Recursos: Contra la resolución del Consejo podrá interponerse recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa. De manera voluntaria, podrá interponer previamente reclamación ante este Consejo.

Transparencia en las resoluciones del Consejo

Resoluciones denegatorias por aplicación de límites artículo 14 de la ley de transparencia(Abre en nueva ventana)

Por el momento, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno no ha adoptado resoluciones denegatorias por aplicación de los citados límites.