RCA250. Vuelos operados y retrasados en los Aeropuertos Adolfo Suárez Madrid-Barajas y Josep Tarradellas Barcelona-El Prat
Recurrente: Asociación Nacional de Damnificados por las Aerolíneas (ADA)
Resolución recurrida: R/0929/2021
Una asociación privada presentó una solicitud de información a AENA para conocer número de vuelo, nombre de las compañías aéreas, aeropuertos de origen y destino, tipo de movimiento (salida o llegada), fechas y horas de todos los vuelos con llegada o salida del Aeropuerto de Madrid y Barcelona que fueron cancelados, así como los vuelos que hayan registrado un retraso superior a las 3 horas en el periodo comprendido entre el 7 de marzo de 2019 y el 1 de septiembre de 2.021.
La Administración denegó el acceso alegando que dar la información supone un perjuicio para los intereses económicos y comerciales.
Presentada reclamación, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno la desestimó dado que las aerolíneas son compañías privadas que operan en un régimen de libre competencia, sin excepciones, y si se identifican los retrasos por aerolínea puede darse un perjuicio, razonable y no meramente hipotético a sus intereses comerciales y económicos, sin que se aprecie un interés superior que permita el acceso.
Sentencia nº 70/2023 del Juzgado Central Contencioso-Administrativo nº 10 de Madrid (167 KB)