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Recurso de Corporación RTVE frente a concesión de acceso a información relativa a la retribución del personal directivo

RESUMEN

Un ciudadano presentó solicitud de acceso a la información dirigida a la Corporación RTVE(Abre en nueva ventana) para conocer las retribuciones anuales brutas percibidas en 2014 y 2015 por el personal directivo de la Corporación.

RTVE inadmitió a trámite la solicitud de acceso a la información pública presentadas, al no hacerse a través del medio idóneo para ello, esto es, mediante una identificación electrónica, lo cual garantiza la constancia de su identidad. En este caso no quedada correctamente identificado el solicitante, como marca la Ley.

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno estimó la reclamación puesto que de la Ley no puede desprenderse de ninguna forma que las solicitudes de información deban ser presentadas ante las unidades de información que, por otro lado, no se encuentran identificadas, ni que el medio de presentación de una solicitud sea, según pretende la CRTVE, el Portal de la Transparencia.

Asimismo, debe entenderse que el acceso a la información solicitada ha sido avalado tanto por el criterio interpretativo aprobado conjuntamente por este Consejo de Transparencia y la Agencia Española de Protección de Datos como por los Tribunales de Justicia en primera instancia, en apelación en la Audiencia Nacional y en casación en el Tribunal Supremo.

Resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (4113  KB)Icono pdf

Sentencia nº 28/2018 del Juzgado Central contencioso-administrativo nº6 (315  KB)Icono pdf

Sentencia en apelación nº 49/2018 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo sección 7ª de la Audiencia NacionalVentana nueva

Sentencia nº 852/2020 del Tribunal Supremo (1189  KB)Icono pdf