Si has hecho una solicitud de información pública a la Administración y te la han denegado, no te satisface lo que te han contestado o no has recibido respuesta, puedes presentar una reclamación ante este Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, órgano independiente que se encargará de decidir si, de acuerdo a la ley de transparencia, deben facilitarte la información.
La reclamación es, por tanto, una petición que haces al Consejo de Transparencia para que revise la decisión de la Administración sobre tu solicitud de información.
Esta reclamación ante el Consejo os opcional para ti y no tiene coste económico alguno. También puedes acudir directamente a los tribunales, interponiendo un recurso judicial sin antes reclamar ante el Consejo.
Sí, siempre.
En todo caso, a la hora de reclamar, es conveniente que valores los fundamentos en los que la Administración ha motivado en su respuesta las causas para desestimar (denegar) o para estimar (aceptar) parcialmente tu solicitud de información.
Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública. Y, por tanto, todas las personas tienen derecho a reclamar si sienten que se ha vulnerado este derecho, ya sean personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras.
Si te han contestado desde el Portal de la Transparenciade la Administración General del Estado, tienes un mes desde el día siguiente a que te hayan notificado su respuesta para presentar la reclamación ante el Consejo.
Transcurrido más de un mes sin que hayas recibido contestación (por lo que debes entender que tu solicitud ha sido desestimada, es decir, denegada, por silencio administrativo), puedes también reclamar. En ese caso, puedes hacerlo en cualquier momento, no hay plazo límite para presentar la reclamación.
Si la reclamación se refiere a una solicitud de información dirigida a un ayuntamiento, consejería u organismo público de tu comunidad autónoma, consulta el apartado de legislación de tu comunidad, ya que algunas tienen plazos más cortos.
Si la solicitud de información la has hecho a un ministerio u organismo del sector público estatal, la reclamación debes presentarla ante este Consejo de transparencia, y nosotros la resolveremos.
Si la solicitud la hiciste ante un ayuntamiento, otra entidad local o una administración autonómica, depende: este Consejo de transparencia estatal solo es competente para resolver las reclamaciones si la comunidad autónoma le ha atribuido mediante convenio el ejercicio de esta función.
Estas son las comunidades autónomas sobre las que resolvemos reclamaciones:
Principado de Asturias
Illes Balears
Cantabria
Extremadura
La Rioja
Ceuta
Melilla
Así que, si tu solicitud iba dirigida a una consejería o ayuntamiento de otra comunidad autónoma, deberás presentar la reclamación ante el órgano autonómico en materia de transparencia correspondiente, que puedes consultar aquí.
Si deseas presentar una reclamación al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, la vía más sencilla y ágil es a través de nuestra sede electrónica. Así tendrás también fácil acceso a tus expedientes y recibirás las comunicaciones con celeridad.
Para ello, necesitas tener certificado electrónico o Cl@ve. Si no dispones de estos sistemas de identificación, te recomendamos obtenerlos para beneficiarte de todas las ventajas de la administración electrónica. Puedes pedir el certificado electrónico aquí y Cl@ve aquí.
Si no tienes certificado electrónico o Cl@ve, puedes presentar las reclamaciones y demás escritos dirigidos al Consejo por los siguientes cauces alternativos:
Presencialmente en la oficina del organismo C/ José Abascal, 2 - 5ª Planta. 28003 Madrid.
En cualquiera de los registros públicos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por correo postal, enviando una carta a c/ José Abascal, 2 - 5ª Planta. 28003. Madrid.
Si no utilizas la sede electrónica y vas a presentar la reclamación a través de alguno de los cauces alternativos señalados, puedes emplear el formulario correspondiente.
En el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno tenemos una Unidad de Atención al Ciudadano para resolver todas tus dudas:
presencialmente en nuestra sede (C/ José Abascal, 2, 5ª Planta. 28003 de Madrid)
telefónicamente en los números 91 273 33 03 / 08 / 24
No, la presentación de una reclamación ante este Consejo de Transparencia es completamente gratuita.
Te contestaremos en un plazo máximo de tres meses y nuestra decisión será de obligado cumplimiento para la Administración.
Si no estás de acuerdo con la resolución que dictemos en el Consejo dando respuesta a tu reclamación, puedes presentar un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. Tienes un plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a que te notifiquemos nuestra resolución. Debes tener en cuenta que interponer un recurso judicial requiere de abogado y procurador.
En este caso será el organismo público frente al que has recurrido el que podrá presentar un recurso contencioso–administrativo y el Consejo defenderá su resolución ante los Tribunales, asumiendo los costes correspondientes.
Tú podrás personarte si quieres en el procedimiento judicial, aunque el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno velará por tu derecho a la información pública.