Recurrente: Autoridad Portuaria de Valencia/Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Resolución recurrida: R CTBG 1439/2025
En ejercicio del derecho de acceso a la información pública, se solicitó al MINISTERIO DE HACIENDA el acceso al «Documento definitivo de la Auditoría de cumplimiento y operativa: personal de la Autoridad Portuaria de Valencia correspondiente al ejercicio 2023 y 2024 efectuado por la Intervención Regional de Valencia de la IGAE». Dicho Ministerio remitió la solicitud al MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE, siendo finalmente asignada a la AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA (A.P de Valencia).
La citada Autoridad Portuaria deniega el acceso a la información indicando que «(i) la documentación solicitada no fue generada ni recibida en el ejercicio de competencias propias de esta APV; (ii) el acceso al informe solicitado perturbaría la efectividad y la confidencialidad de los procedimientos jurisdiccionales en curso, y que (iii) los datos solicitados vienen referidos a personal técnico, y que su anonimización no impide la identificación de dichos trabajadores por su escaso número».
El Consejo estima la reclamación pues considera que no son de aplicación los límites previstos en los apartados f) y h) del artículo 14.1 LTAIBG, ya que no han sido justificados suficientemente ni se ha llevado a cabo una ponderación entre el perjuicio invocado y el evidente interés público de lo solicitado. También se señala que «no resulta necesario realizar la ponderación que exige el artículo 15 LTAIBG puesto que la información solicitada se puede proporcionar de forma anonimizada, tal como de hecho acepta el reclamante», citando el artículo 15.4 LTAIBG.