Recurrente: Ministerio de Hacienda
Resolución recurrida: R CTBG 0799/2026
En ejercicio del derecho de acceso a la información pública, se solicitó a la Agencia EFE el acceso a la cuantía global de la retribución variable abonada en España en 2025, incluyendo el número de perceptores, su identificación y las cantidades percibidas individualmente.
La sociedad mercantil facilitó la cuantía global abonada y el número de perceptores, pero denegó la identificación de los beneficiarios y el desglose de las cuantías individuales percibidas por tratarse de datos de carácter personal cuya divulgación vulneraría el derecho a la protección de datos. Posteriormente, durante la sustanciación de este procedimiento, solicitó la retroacción de actuaciones al momento anterior a la resolución a fin de conceder a los empleados afectados el trámite de audiencia previsto en el artículo 19.3 LTAIBG, cuya intervención —sostuvo—resultaba indispensable al no ostentar la condición de altos cargos.
El Consejo estimó la reclamación al considerar que la información solicitada no contiene datos especialmente protegidos y que la mercantil reclamada no acreditó la concurrencia de una situación de vulnerabilidad de los empleados que justificará la denegación de lo pretendido. Recordó que el Tribunal Supremo ha consolidado el principio de transparencia retributiva fijando como jurisprudencia que «la condición de empleado público limita el ámbito de privacidad respecto de los datos de carácter profesional vinculados al puesto de trabajo y la organización administrativa en la que sirve, en particular, sus datos de identidad, especialmente, cuando se pretende el acceso a información individualizada de carácter retributivo (…)» (SSTS 727/2026, de 10 de junio y 769/2026, de 18 de junio). Por tanto, resolvió conceder el acceso a la información solicitada, descartando la procedencia de retrotraer las actuaciones para dar audiencia a los perceptores de las retribuciones variables solicitadas.