Recurrente: Particular
Resolución recurrida: R CTBG 1268/2025
En ejercicio del derecho de acceso a la información pública, se solicitó al MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA el acceso a un expediente administrativo referido a una denuncia contra una funcionaria. El Ministerio no respondió en el plazo legalmente establecido, por lo que la solicitud se entendió desestimada por silencio.
Durante la sustanciación del procedimiento de reclamación, el órgano competente pone de manifiesto que el escrito presentado no se había tramitado como una solicitud de acceso a la información, pero que, en cualquier caso, las peticiones habían recibido respuesta en dos oficios previos notificados al reclamante en 2023. Se informa, asimismo, que no se ha incoado ningún expediente disciplinario contra la funcionaria del Ayuntamiento de Piera, «no habiéndose producido actuación administrativa posterior ni generado documentación adicional desde mayo de 2023».
El Consejo desestima la reclamación señalando que, de lo manifestado en el trámite de alegaciones por el Ministerio, se desprende que la información se facilitó, no correspondiendo «a este Consejo pronunciarse sobre el acierto o la adecuación a la legalidad de las conclusiones del órgano competente respecto de la naturaleza de la decisión de no incoación del expediente y los eventuales recursos».